Tengo un hermano con tres niños menores de edad (8años ,7años ,1 año)y quiere solicitar la custodia compartida pero su ex-mujer no quiere dársela. ¿Por ley puede conseguirla? es decir, ¿hay alguna ley que de los mismos derecho al padre y madre sobre la custodia compartida?, si no es así, ¿que tendría que hacer para conseguirla?

la actual doctrina y legislación vigente permiten la posibilidad de otorgar la guardia y custodia compartida, puesto que ambos padres tiene los mismos derechos y obligaciones para con sus hijos. No obstante para que pueda establecerse la guardia y custodia compartida deben darse una serie de requisitos previstos y regulados en la normativa vigente, artículo 92 del Código Civil, y según la actual doctrina del Tribunal Supremo, que específica los requisitos del artículo 92 del código civil:

1. la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes personales;
2. los deseos manifestados por los menores competentes;
3. el número de hijos;
4. el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales;
5. el resultado de los informes exigidos legalmente;
6. y, en definitiva, cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada en una convivencia que forzosamente deberá ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven, sin que la mera constatación de que el régimen de guarda y custodia se adapta mejor al interés de los progenitores resulte suficiente para deducir que se adapta mejor al interés del menor, que es el que debe primar.

Tengo un hermano con tres niños menores de edad (8años ,7años ,1 año)y quiere solicitar la custodia compartida pero su ex-mujer no quiere dársela. ¿Por ley puede conseguirla? es decir, ¿hay alguna ley que de los mismos derecho al padre y madre sobre la custodia compartida?, si no es así, ¿que tendría que hacer para conseguirla?

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