
Claves de la futura Ley de Vivienda Turística de Canarias
El pasado 12 de noviembre el Pleno del Parlamento de Canarias dio luz verde a la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, un texto que actualiza y sustituye al Decreto 113/2015. Se trata de una norma sin duda polémica que ha tardado mucho en materializarse, algo lógico teniendo en cuenta que en las Islas coexiste un grave problema de acceso a la vivienda residencial con el hecho de que Canarias es la cuarta comunidad autónoma en la que más vivienda vacacional existe.
Repasamos el contenido de esta norma, que aun no ha sido aprobada definitivamente. Si necesitas ayuda en la gestión de tu inmueble en Canarias, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados en Las Palmas.
Claves de la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas
La futura Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas aún no ha visto la luz, pero ya se conocen sus principales claves. A falta de conocer el texto definitivo, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), estos son los datos que conocemos:
- Se trata de la primera ley que regula el alquiler vacacional, tras diez años de vigencia de un decreto que, según el Gobierno de Canarias, «carecía de normas claras para propietarios, administraciones, ayuntamientos, cabildos» y el propio gobierno canario.
- Frente a la actual regulación de las viviendas vacacionales, que no establece límites ni en cantidad ni en calidad, el anteproyecto apuesta por la necesidad de que haya planificación urbanística previa por los ayuntamientos para garantizar tanto su compatibilidad con los residentes como su calidad y competitividad, teniendo como prioridad el derecho esencial de la ciudadanía a una vivienda digna, adecuada y a precios asequibles.
- Una de las medidas más polémicas consiste en que no se podrán establecer nuevas viviendas vacacionales durante un periodo de cinco años, es decir, hasta 2030, hasta que los ayuntamientos cuenten con un planeamiento municipal que las habilite expresamente. Éstos podrán decidir cómo, dónde, cuándo y cuántas viviendas vacacionales se permiten en su municipio, por zonas o núcleos, garantizando siempre que estas decisiones no afecten la calidad de vida de los residentes.
- El Gobierno de Canarias ofrecerá a los ayuntamientos una ordenanza provisional para agilizar la adaptación normativa.
- Las nuevas viviendas vacacionales que se quieran incorporar después de aprobarse la ley deberán estar habilitadas por el planeamiento urbanístico. Además, se le exigirá unos requisitos mínimos que garanticen su calidad, accesibilidad y compatibilidad y el equilibrio entre los usos turísticos y residenciales.
- Con la nueva legislación, el 90 % de las viviendas deberán destinarse a uso residencial, mientras que solo el 10 % podrán ser de uso vacacional, y los ayuntamientos dispondrán de un plazo de seis meses para poner en marcha el plan de inspección correspondiente.
- Los pequeños propietarios que cumplen con el decreto vigente podrán continuar desarrollando su actividad con normalidad. En concreto, el anteproyecto distingue aquellos propietarios que a la vez son explotadores de su vivienda vacacional de aquellas personas que, no siendo propietarios, se dedican a la explotación de las viviendas propiedad de terceros.
- En el primer caso, se establece un procedimiento para que puedan continuar indefinidamente con la explotación, cumpliendo únicamente el decreto 113/2015. El único límite es que no se permite la transmisión de la licencia inter vivos ni mortis causa.
- En el segundo caso, explotadores no propietarios, se establece la posibilidad de continuar con la explotación un periodo inicial de 5 años, prorrogable, en su caso, según los diferentes supuestos, hasta otros 5 años o hasta 20 años.
- Se prohiben los pseudohoteles, que la norma califica como edificios completos dedicados al uso vacacional por parte de grandes propietarios.
- Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) no podrán destinarse nunca a uso turístico.
- Las nuevas viviendas no podrán dedicarse al alquiler vacacional hasta que hayan pasado 10 años desde su construcción.
- Se limita la actividad de los grandes propietarios, que actualmente gestionan más del 55 % de las viviendas turísticas y plazas en Canarias.
La Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas ha tardado un año y medio en materializarse, un retraso que puede tener mucho que ver con el tamaño del sector afectado por su contenido. Y es que Canarias es la cuarta comunidad autónoma con más pisos turísticos, según el INE. En mayo, las islas contaban con 50.686 unidades, solo por detrás de Andalucía (96.176), Comunidad Valenciana (63.190) y Cataluña (56.851).
Según datos del Gobierno autonómico, el 44,6 % de las viviendas vacacionales que hay en Canarias está en manos de personas físicas, mientras que el 55,3 % de ellas están gestionadas por entidades o propietarios extranjeros, que también poseen el 55 % de las plazas.
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