Despido Laboral

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Que hacer si me despiden del trabajo

El trabajador que vea extinguida su relación laboral por voluntad unilateral del empresario y no esté de acuerdo con esta decisión deberá proceder a las siguientes actuaciones:

  • En primer lugar, es necesario que cuando reciba la carta comunicando el despido firme NO CONFORME y añada la fecha REAL del día en que firma o recibe la carta.
  • En caso de no recibir la carta y que el despido fuese verbal y no le dejasen incorporar al puesto de trabajo, tendría que buscar algún testigo o delegado sindical que certificase que no ha abandonado su puesto de trabajo y que se le impide incorporarse al mismo.
  • Si le presentan el finiquito junto a la carta de despido, o después, no olvide que de nuevo deberá firmar NO CONFORME y añadir la fecha real del día en que firma. De esta forma podrá cobrar el dinero que hasta la fecha le adeuden. Si al firmar NO CONFORME, no le quisiesen abonar el salario que le adeudan añada al NO CONFORME la siguiente frase: “No percibo ninguna cantidad”.

Debe tener en cuenta que dispone de un plazo de 20 días hábiles desde el momento del despido para impugnarlo o reclamarlo.

¿Qué indemnización me corresponde por el despido?

Las indemnizaciones que un trabajador tiene derecho a percibir en caso de despido pueden ser de varios tipos.

A) Si el despido es improcedente:

Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación o al abono de las siguientes percepciones económicas que deberán ser fijadas en aquélla:

Una indemnización de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades.
Una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

B) En caso de despido objetivo y colectivo:

La indemnización es de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

C) En el caso de que se extinga el contrato por voluntad del trabajador:

Si la decisión de extinguir el contrato por alguna de las causas que reconoce la ley como “justa causa” tiene derecho a una indemnización de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades.
Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
Las modificaciones substanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario.

 ¿Cómo se calcula la indemnización?

Para calcular la indemnización por despido hay que tener en cuenta:

  • El tiempo trabajado desde el inicio del contrato hasta la fecha de finalización.
  • El salario diario del trabajador: teniendo en cuenta que en el concepto de salario está el salario fijo (salario base, complementos personales y de puesto), el salario variable, el salario en especie y otros conceptos.
  • La cantidad bruta mensual obtenida (prorrateadas las pagas extraordinarias) hay que dividirla entre 30 días para obtener el salario diario.

 ¿Qué es el Finiquito?

El finiquito es un documento por el que las partes manifiestan por escrito su voluntad de dar por terminada su relación laboral y que, tras la extinción del contrato sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan.

 ¿Qué conceptos debe incluir el finiquito?

El finiquito tiene que reflejar la cantidad correspondiente a la parte de las vacaciones no disfrutadas, así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Puede incluir también la indemnización correspondiente por la extinción de la relación de trabajo, o ésta puede entregarse en un documento aparte.

 ¿Estoy obligado a firmar un finiquito?

El finiquito puede firmarse o no. Si el trabajador desea recibir la cantidad que se refleja en él, aunque no sea la correcta, puede firmar el finiquito, expresando al lado de su firma “recibí no conforme”. El trabajador puede, también, negarse a firmar el finiquito, aunque en ese caso no recibirá la cantidad que en él aparece.

 Una vez firmado el finiquito, ¿puedo reclamar a la empresa?

En principio, la firma de un finiquito prueba que el trabajador ha recibido la cantidad señalada. Normalmente, los escritos de saldo y finiquito contienen fórmulas del tipo ” el trabajador declara extinguida su relación laboral sin que nada tenga que reclamar a la empresa, por ningún concepto” o similares. Estas fórmulas se incorporan por la empresa para evitar reclamaciones futuras, y, si bien es cierto que incluso con un finiquito firmado, se pueden hacer reclamaciones, es necesario probar que se firmó obligado, engañado, bajo presión, etc. lo que no siempre es fácil, por lo que se aconseja firmar siempre con la fórmula recibí no conforme.

 ¿Qué conceptos hay que incluir en el recibo de saldo y finiquito?

  • Los salarios del último periodo.
  • La parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias pendientes de vencimiento.
  • Las vacaciones no disfrutadas.
  • Las cantidades correspondientes a conceptos que habitualmente se abonan con retraso por requerir cálculos que no pueden hacerse anticipadamente, como son las primas de productividad o las horas extraordinarias.
  • La indemnización que el trabajador tiene derecho a recibir en los caso de extinción del contrato por despido colectivo, objetivo, improcedente y por voluntad del trabajador siempre que medie causa justa para la extinción del contrato.
  • Y todas las cantidades pendientes de pago por cualquier motivo.

 ¿Qué garantías legales tiene el trabajador en la tramitación del finiquito?

  • A la extinción del contrato, el empresario deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas.
  • El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del finiquito.
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