¿Es legal la ‘tasa Covid’ que cobran algunos restaurantes y bares?

¿Es legal la ‘tasa Covid’ que cobran algunos restaurantes y bares?

Las consecuencias de la pandemia por coronavirus Covid-19 han tocado de lleno a prácticamente todos los sectores de nuestra economía. Restaurantes, bares y espacios de ocio de toda España han tenido que cerrar sus puertas o han visto reducida al mínimo su actividad, y esto se aplica también al caso de Canarias. Además, la normativa de seguridad ha obligado a los responsables de estos negocios a invertir en  ciertas mejoras y material que, en definitiva, ayudan a lastrar sus beneficios. Por eso algunos establecimientos están cobrando la llamada ‘tasa Covid’, un suplemento que se añade a la factura final y que se suma a la cuantía de lo que hayamos consumido. ¿Es legal la ‘tasa Covid’? ¿Podemos negarnos a pagarla?

Esto ha ocurrido, por ejemplo, en Tenerife, donde, tal y como recoge La Voz del Tajo, un usuario se quejó en redes sociales porque le cobraron un euro más en concepto de ‘servicio Covid’. En general, se están sucediendo quejas por parte de consumidores, que no entienden la lógica o encaje legal de esta tasa creada al calor de la pandemia. 

¿Es legal la ‘tasa Covid?

Más allá de la legalidad o no de la llamada ‘tasa Covid’, lo cierto es que los ciudadanos se dividen a la hora de decidir pagarla o no: hay quien considera que abonarla es un gesto de apoyo a un sector duramente castigado por la crisis sanitaria y económica; otros consideran que la situación es dura para todos y que no se debería imponer su pago, sino que, en todo caso, éste debería ser voluntario.

Según ha informado la organización de consumidores Facua, no solo los bares establecen este “servicio Covid”: también se han registrado caso en clínicas dentales y talleres de coches. 

Como respuesta, el Ministerio de Consumo ha enviado una nota informativa en la que explica que incluir los gastos de higiene o limpieza en una factura supondría que el consumidor debe hacerse cargo de unas obligaciones que competen exclusivamente al proveedor del servicio y, por ello, podría ser “una cláusula abusiva”.

Es más, en palabras de Eugenio Ribón, presidente de la Asociación Española de Derecho de Consumo, los ‘servicios covid’ “llevan aparejadas multas de hasta 3.005,06 euros y, si atendiendo a la posición en el mercado del infractor, grado de intencionalidad, generalización o reincidencia se considerara grave, ascenderían hasta los 15.025,30 euros».

Por tanto, el cobro de esta tasa no es legal y, como consumidor, puedes negarte a abonarla. Distinto será que tu voluntad sea la de ayudar a ese comercio específico a sufragar sus gastos relacionados con medidas de seguridad sanitaria o, simplemente, ayudar a ese negocio a salir a flote. 

Si necesitas ayuda legal, consulta a nuestros abogados en Las Palmas. 

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