¿Qué es el finiquito de trabajo y cuándo tienes derecho a cobrarlo?

¿Qué es el finiquito de trabajo y cuándo tienes derecho a cobrarlo?

¿Sabes qué es el finiquito de trabajo y en qué casos tienes derecho a percibirlo? ¿Te han despedido y quieres saber si la suma que te ofrecen es la correcta? ¿Qué pasos debes seguir para que se hagan valer tus derechos? ¿Debes firmar en el momento o es preferible analizar el documento con detenimiento? Nuestro equipo de abogados en Las Palmas de Gran Canaria puede ayudarte en estos casos: en este post tratamos de dar respuesta a estas y otras cuestiones en torno al concepto de finiquito y los problemas que puede acarrear.

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¿Qué es el finiquito?

El finiquito o documento del saldo y finiquito es un documento en el que generalmente la empresa indica las cantidades que le debe al trabajador en el momento de finalizar la relación laboral. No importa de qué forma se materialice la finalización del contrato de trabajo (si es por despido objetivo, disciplinario, por terminarse el contrato temporal, por baja voluntaria del trabajador…) Siempre se tiene derecho al finiquito.

Al firmarlo, el trabajador declara extinguido el contrato y acepta encontrarse satisfecho por el empresario en todos los derechos que pudieran corresponderle, tras la liquidación de haberes adeudados. El finiquito es un documento en el que, tras la extinción de una relación laboral, se acredita que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan.

¿Qué cantidades incluye el finiquito de trabajo?

El finiquito está formado normalmente por:

  • El salario de los días trabajados que reste por cobrar. Aunque normalmente se recibe este salario en una nómina como el resto de meses (con la cantidad proporcional), en ocasiones se incluye dentro del finiquito.
  • La parte proporcional de las pagas extra.
  • Las vacaciones no disfrutadas, es decir, los días de vacaciones a los que se tiene derecho y no se han podido disfrutar. La empresa tiene que pagarlos y cotizar por ellos.
  • Las horas extra que se hayan hecho y no se hayan pagado
  • Pluses, pagas de beneficios… que se hayan generado y la empresa aún no haya pagado.

En algunas ocasiones puede salir el finiquito negativo y ser el trabajador el que tiene que abonar alguna cantidad a la empresa. Por ejemplo, porque haya disfrutado de más vacaciones de las que le corresponderían, por algún pago adelantado, etc.

¿En qué momento tiene la empresa que entregar el finiquito?

Cuando la empresa notifica al trabajador que su contrato va a finalizar tiene que darle una propuesta de finiquito. Es decir, en el momento en el que se da la carta de despido o de fin de contrato la empresa debería de dar el finiquito al trabajador. En algunas ocasiones, la empresa da un preaviso al trabajador, sobre todo en los despidos objetivos o al finalizar un contrato temporal cuando ese contrato haya durado más de un año. En estas ocasiones normalmente la empresa no entrega el finiquito junto con la carta de despido, sino que lo da el último día de trabajo, para ajustar el contenido del finiquito a las cantidades realmente adeudadas el último día de trabajo.

¿Qué ocurre si un trabajador no firma finiquito de trabajo?

Cuando la empresa le haga entrega al trabajador de su finiquito, éste podrá pedir que un representante de los trabajadores le asesore. En ese caso, tendrá que indicarse en el finiquito la presencia del representante legal. Si la empresa no deja que esté presente el representante de los trabajadores, el trabajador deberá dejar constancia de ello en el finiquito.

Es recomendable en firmar el finiquito de la siguiente forma:

  • Poner la fecha. En ocasiones el finiquito está fechado con una fecha anterior para simular que se ha entregado con preaviso, por lo que es recomendable poner la fecha en la que realmente se está firmando
  • Poner “no conforme”, “pendiente de revisión”, “pendiente de comprobar cantidades”. Poner estas frases no implica que se vaya a denunciar a la empresa, pero sí que no se han comprobado si las cantidades indicadas tienen que revisarse. Y en el caso de tener que reclamar a la empresa, será más fácil si se ha firmado así.
  • Poner “cantidades no recibidas” si no se han recibido esas cantidades, o si no se entrega en ese momento el dinero o un justificante del pago. Si se firma simplemente, implicará generalmente que se ha recibido ese dinero.
  • Si se ha pedido la presencia del representante de los trabajadores y el empresario no deja que esté presente, poner “reclamada presencia representante de los trabajadores, empresario se opone”.
  • Por último, firmar.

Puede darse el caso que la empresa entregue y pague puntualmente el finiquito, pero que aun así el trabajador no está de acuerdo con el finiquito propuesto por la empresa. En este caso es muy importante haber mostrado la disconformidad al firmar el finiquito como indicado anteriormente. No hace falta negarse a firmar, ya que mostrar la disconformidad es suficiente para poder reclamar. Así, se puede reclamar la diferencia entre el finiquito pagado y el que se considera que se debe recibir, presentando igualmente una papeleta de conciliación y luego una demanda ante los Juzgados de lo Social. El plazo para presentar esta reclamación es también de 1 año desde que se entregó y pago el finiquito.

¿Cuando tiene la empresa que pagar el finiquito?

No existe un plazo exacto para pagar el finiquito. Normalmente se lleva a cabo la firma y el pago en el día en que se finaliza la prestación de servicios. Si este pago se lleva a cabo mediante transferencia bancaria, puede tardar unos días más. Este retraso está permitido por la jurisprudencia, ya que es un retraso no imputable a la empresa, si ésta hizo la transferencia a tiempo. En cualquier caso, siempre que la empresa no pague el finiquito al finalizar la relación laboral, estará pagando tarde. Algunas empresas esperan al día de pago de la nómina para pagar también los finiquitos, aunque no sería el momento de hacerlo si la relación laboral ha terminado antes.

¿Qué hacer si la empresa no me paga el finiquito?

Si la empresa no entrega el documento del finiquito al trabajador, seguramente tampoco se lo haya pagado. Si se quiere evitar empezar un procedimiento judicial, se puede reclamar a la empresa que se le entregue y pague el finiquito tanto personalmente como a través de llamadas, correos electrónicos o mediante burofax. Es conveniente que quede constancia de la reclamación.

Si la empresa no hace caso, el trabajador tiene 1 año de plazo para reclamar a la empresa el pago del finiquito. Este plazo empieza desde que la empresa tenía que haberlo pagado, es decir, desde que se deja de trabajar. Para reclamarlo se tendrá que presentar primero una papeleta de conciliación, y posteriormente una demanda. En cualquier caso, habrá que realizar los cálculos de las cantidades adeudadas, calculando los días trabajados ese mes, los días de vacaciones pendientes, la parte proporcional de las pagas extra… En caso de duda siempre es conveniente poner cantidades más elevadas, ya que posteriormente no se podrá pedir más de lo que se indique en la papeleta de conciliación. Al reclamar judicialmente el pago del finiquito, se puede pedir unos intereses del 10% por el retraso.

¿Tienes dudas? Consúltanos tu caso sin compromiso. 

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