La prisión permanente revisable no será solo para terroristas.

La prisión permanente revisable no será solo para terroristas.

El ministro de Justicia ha propuesto al Consejo de Ministros un informe para reformar el Código Penal que incluye la prisión permanente revisable para delitos de terrorismo, pero también para determinados tipos de asesinatos como los múltiples o a menores de 16 años y discapacitados.

Ruiz-Gallardón ha avanzado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros algunos de los puntos más importantes de un nuevo informa para reformar el Código Penal. El ministro ha afirmado que se va a llevar a cabo una revisión de ciertas figuras delictivas que algunas permanecían inalterables desde 1948.

El nuevo texto introduce dos figuras novedosas en nuestra legislación, la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad, para proporcionar una respuesta penal más adecuada a ciertos crímenes que causan una especial repulsa social.

El anteproyecto, que se someterá en las próximas semanas a la aprobación del Consejo de Ministros, incluye además una nueva regulación del delito continuado, de la libertad condicional y la supresión de las faltas, por la que aquellas con suficiente relevancia penal se convertirán en delitos de escasa gravedad.

El titular de Justicia ha propuesto instaurar la prisión permanente revisable, que “será revisable tras un periodo de tiempo definido. Y se tendrán que dar una serie de condiciones para que se cumplan todos los requisitos de reinserción que marca la Constitución española y también según el Tribunal de Derechos Humanos, e incluso según un dictamen del Consejo de Estado”. Además, ha añadido Gallardón, “hemos tenido en cuenta el Derecho comparado”.

El ministro ha explicado que la prisión permanente revisable será impuesta para delitos de especial gravedad, como magnicidio contra el Rey o el príncipe heredero o un jefe de Estado de un país extranjero; delitos terroristas con objeto de muerte; genocidios o violaciones masivas; o determinados tipos de asesinatos que tienen el máximo reproche penal: a menores de 16 años, personas especialmente vulnerables como discapacitados; que tras la agresión sexual qse produzca el asesinato o asesinatos múltiples. Habrá un número mínimo de años para que el preso pueda conseguir la libertad y que se establecerá en 25-30 años».

Custodia de seguridad

El nuevo Código Penal introduce, por primera vez, la custodia de seguridad. Se trata de una medida privativa de libertad para casos excepcionales que se aplicará una vez cumplida la pena de prisión y después de que el tribunal valore si se mantiene la peligrosidad del penado. Tendrá una duración máxima de diez años.

Otro punto que se modifica es la regulación del delito de detención ilegal con desaparición. En los casos en los que no se dé razón de lo ocurrido con la víctima se fijará una pena única equivalente a la que corresponde al delito de homicidio.

Libertad condicional

Una de las novedades del Código Penal es que la libertad condicional pasa a ser regulada como una suspensión de la pena, de tal modo que si, una vez en libertad, el penado vuelve a delinquir, podrá ser devuelto a la cárcel para que siga cumpliendo condena desde el momento en que quedó en suspenso.

Otras de las novedades avanzadas por el ministro para la reforma del Código Penal será una nueva definición de «atentado», que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente.

También un cambio en las marversaciones, aplicadas a funcionarios cuando exista delito doloso. También aumentan las penas para la provocación de incendios, sobre todo cuando afecte a zonas de especial protección, y se aumenta la «protección penal» de los animales.

Delitos económicos

La reforma del Código Penal también busca una eficaz persecución de los delitos de bancarrota y protección de los procedimientos judiciales y administrativos de ejecución. Para ello el informe prsentado por Justicia procede a la tipificación de las conductas de obstaculización de la ejecución y ocultación de bienes. De esta forma se agilizará, aumentará y dotará de mayor efectividad a la ejecución, lo que reforzará la protección de los acreedores.

Como medidas concretas se adecua la insolvencia punible a los supuestos de acreedores declarados fraudulentos y se da una respuesta proporcionada a posibles conductas ilícitas de los administradores concursales, que también podrán ser condenados por malversación y cohecho.

En cuanto a la administración desleal y la malversación, la reforma prevé que pasen a ser delito patrimonial las conductas de abuso e infidelidad de los administradores de las empresas cuando causen un perjuicio económico.

La administración desleal de fondos públicos será castigada como delito de malversación en línea con la Ley de Transparencia.

Propiedad Industrial
El nuevo Códifo Penal agravará los delitos contra la propiedad industrial se agravará y se diferenciará la responsabilidad penal de importadores y distribuidores mayoristas, a los que se agravará la pena mientras que a los distribuidores minoristas y vendedores al público, se les atenuará proporcionalmente a su responsabilidad.

Ruiz-Gallardón también ha avanzado que este informe derivará en un periodo parlamentario largo, donde se espera que se nutra con la participación de otros grupos parlamentarios.

La prisión permanente revisable no será solo para terroristas.

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