Hacia una nueva Ley de Protección de Datos

Hacia una nueva Ley de Protección de Datos

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) comunicó hace pocas semanas que el anteproyecto de la reforma de Ley Orgánica de Protección de Datos deberá estar listo para el primer trimestre de 2017. Ello significa que queda poco tiempo para que el legislador de a luz este texto, con el que se pretende adaptar y armonizar la legislación española al Reglamento Europeo en dicha materia, que entró en vigor el pasado mes de mayo, y que tiene como plazo hasta el mayo de 2018 para su completa incorporación.

El principal objetivo del Reglamento que se introducirá en el ordenamiento jurídico español es la estandarización de todas aquellas legislaciones que, en materia de protección de datos, defienden los derechos del ciudadano frente al control y uso inapropiado que a día de hoy se hace de ellos.

Esta puesta al día legislativa resulta especialmente necesaria, dado que la última directiva europea en la materia data del año 1995. El avance tecnológico y, sobre todo, de la forma de uso y relación con las redes que se ha dado en los últimos veinte años, no podía contar con una regulación tan desfasada con respecto a los problemas del momento.

Transición obligatoria

La transición hacia la aplicación del nuevo Reglamento afectará especialmente a aquellas entidades que trabajen o tengan en su dominio datos personales de terceros, lo que engloba un amplio sector. Por ello, ya se empieza a trabajar para facilitarla de cara a Administraciones Públicas, empresas y demás que se encarguen o sean responsables de la protección de estos datos en atención a la nueva normativa.

En este sentido, la AEPD ya trabaja para cerrar aquellas certificaciones necesarias para acreditar el cumplimiento de la nueva normativa. Se ha fijado un plazo que se cumplirá a finales del primer trimestre de este año para cerrar dichos criterios, conforme a los cuales se podrá evaluar el grado de impacto y aplicación por parte de empresas y Administraciones. También se perfilará la difusión de modelos de las nuevas cláusulas informativas para las contrataciones en las que tengan incidencia los datos personales.

Efectos para particulares y empresas

En el ámbito de los derechos personales del ciudadano, se abre la puerta al reconocimiento de una serie de derechos que, ya sea por desconocimiento o por el desfase jurídico que se vivía con respecto a la realidad del uso de las nuevas tecnologías, no eran del todo reconocidos. Tal es el caso del derecho al olvido, la necesidad de un consentimiento claro y explícito para el uso de los datos personales, el lenguaje claro de las cláusulas de confidencialidad, etc. Todo este nuevo entramado normativo promete suponer un paso significativo en la regulación de estas nuevas relaciones.

Mientras, para las empresas, la incorporación de este reglamento a nuestro ordenamiento jurídico supone una nueva actualización de sus prácticas en materia de protección de datos, así como la asunción de nuevos deberes de protección de los datos de particulares. Las violaciones de dicha legislación supondrán multas de hasta 20 millones de euros, lo que convierte en un asunto prioritario en la agenda de cualquier empresa la buena gestión de datos de terceros, actualizando y armonizando sus protocolos.

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