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Pregunta en Familia
Tengo un hermano con tres niños menores de edad (8años ,7años ,1 año)y quiere solicitar la custodia compartida pero su ex-mujer no quiere dársela. ¿Por ley puede conseguirla? es decir, ¿hay alguna ley que de los mismos derecho al padre y madre sobre la custodia compartida?, si no es así, ¿que tendría que hacer para conseguirla?

la actual doctrina y legislación vigente permiten la posibilidad de otorgar la guardia y custodia compartida, puesto que ambos padres tiene los mismos derechos y obligaciones para con sus hijos. No obstante para que pueda establecerse la guardia y custodia compartida deben darse una serie de requisitos previstos y regulados en la normativa vigente, artículo 92 del Código Civil, y según la actual doctrina del Tribunal Supremo, que específica los requisitos del artículo 92 del código civil:

1. la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes personales;
2. los deseos manifestados por los menores competentes;
3. el número de hijos;
4. el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales;
5. el resultado de los informes exigidos legalmente;
6. y, en definitiva, cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada en una convivencia que forzosamente deberá ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven, sin que la mera constatación de que el régimen de guarda y custodia se adapta mejor al interés de los progenitores resulte suficiente para deducir que se adapta mejor al interés del menor, que es el que debe primar.

Pregunta en Familia
Me gustaría que me asesoraran de qué debo hacer con el siguiente tema: La ex de mi pareja,hace bastante tiempo que le envía sms con insultos, calumnias y amenazas,especialmente dirigidas hacia mi. Solo quiero que esta señora me deje vivir en paz. Ha llegado un momento que la situación es insostenible para mi. Pienso que la gente no puede hacer daño gratuitamente y sin motivo alguno. Mi pareja no quiere decirle nada por temor a que tome represalias hacia él,con respecto a la hija que tienen en común, pero yo necesito que esto se acabe de una vez. Tenemos guardados algunos de los sms enviados por ella. De antemano les doy las gracias, por al menos, aceptar mi consulta.

Usted debería denunciar dichos hechos en la comisaría más cercana, para que así se pueda iniciar el procedimiento penal correspondiente, juicio de faltas o Diligencias Previas.

Una vez iniciado el procedimiento reseñado, el cual va a depender de la entidad de los agravios y amenazas, se podrán adoptar las medidas necesarias para que los mismos cesen, con la adopción de medidas como pueden ser por ejemplo el establecimiento de la prohibición de comunicación.

Pregunta en Familia
Soy divorciado desde hace 20 años y estoy pasando una pensión a mi ex, segun sentencia tengo que realizar anualmente una subida del IPC, al estar jubilado y con la nueva ley que aprobaran las cortes las subidas en los años de economia baja sera de 0,25%, mi pregunta; que debo incrementar, porque de continuar el IPC, no tendre dinero en el futuro para realizar los pagos mensuales.

lo que usted debe incrementar en principio es el IPC, mientras no

Lo que usted debe incrementar en principio es el IPC, mientras no entre en vigor ninguna Ley que establezca lo contrario.

Pregunta en Familia
Soy divorciado desde hace diez años. La custodia de mis hijos es compartida con mi ex mujer. Hasta la fecha, le paso 150 euros de manutencion por la menor de 16, ya que mi hijo tiene 26 años, trabaja y vive independiente. El problema es que llevo un año de baja y me han concedido una incapacidad por la que cobro 360 euros al mes y aun me tienen que operar y sigo de baja, que por lo que se ve va para largo. ¿Podría pedir una revisión de la sentencia para pagar menos de manutención? ya que con lo que cobro no me da para vivir y no tengo mas ingreso.

Efectivamente usted podría y debería solicitar una modificación de la sentencia de divorcio, pues ha habido un cambio sustancial en sus circunstancias económicas que pueden motivar la reducción de la pensión de alimentos que le pasa a su hija.

Pregunta en Familia
Tengo una hija a la cual su padre que no vive conmigo no le pasa pensión alimentaria solo pone la mitad del material escolar,la niña tiene 13 años y desde los 3 el unico contacto que tiene es cuando el quiere,mi duda es si yo reclamo la manutención ahora ¿está obligada la niña a pasar tiempo con él?¿tiene que dormir en su casa obligadamente?Ya que no lo he denunciado antes por ese motivo ya que la niña no quiere ir con el y mucho menos dormir en su casa,¿que puedo hacer?

Si usted nunca ha reclamado antes la pensión de alimentos de su hija, y la reclama ahora, teniendo la niña 13 años de edad, puede usted solicitar en la demanda que la menor no tenga un régimen de visitas determinado, sino que vea a su padre siempre y cuando la misma quiera, y además puede solicitar que no pernocte con su padre, pues el contacto que ha mantenido a lo largo de todos éstos años ha sido casi inexistente.

Si el padre reclamara tener un régimen de visitas con la menor, dada la edad de la misma, la menor sería oída por el Juez y el Ministerio Fiscal, con lo que podría no tener que cumplir ningún régimen de visitas si así lo manifiesta, y justifica tal decisión la menor, siempre quedando la decisión final al arbitrio del Juez de familia.

Pregunta en Familia
Mi pareja tiene una sentencia en el cual el padre de su hijo debe de ir a buscarlo al colegio los martes y jueves apàrte de los fines de semanas alternos…¿ puede denunciar mi pareja al padre de su hijo cuando no vaya a buscarlo al colegio por abandono? y los gastos de colegio y farmacias tambien es a medias ¿puede mi pareja reclamar para que pague el todos los gastos el padre de su hijo ya que ella no trabaja ni recibe ninguna pension??

En relación a su primera preguntar, decirle que su pareja puede ir por dos vías, en el caso de incumplimiento del régimen de visitas:

Penal: Ir a denunciar a la comisaría el incumplimiento del régimen de visitas que se ha producido, lo cual generaría un juicio de faltas que culminaría con una multa para el padre del menor.

Civil: Ejecutar la Sentencia en la que se fija el régimen de visitas para así compeler al padre del menor para que éste cumpla el régimen de visitas estipulado en la Sentencia que se ejecuta, bajo el apercibimiento de multas coercitivas.

En cuanto a la segunda cuestión planteada, su pareja esta obligada al pago de la mitad de los gastos extraordinarios, si no puede afrontarlos deberá iniciar un procedimiento de modificación de medidas, para así modificar la sentencia que acuerda el pago al 50% con cargo a cada progenitor, y en su caso también solicitar un aumento de la pensión de alimentos que el padre le pasa al menor.

Pregunta en Familia
En su dia contraté con un familiar un Fondo en un Banco.El documento del contrato lo firmamos las dos parte. Llegado la fecha de vencimiento y liquidado el fondo fué abonado en la cuenta del familiar,que teniamos él como titular y yo como autorizado. Quedamos de acuerdo para ir al Banco para retirar el dinero y resultó ser que se adelantó y se llevo todo el dinero,cancelando incluso la cuenta que recibió el abono,es decir canceló todo.Pregunto si le puedo reclamar mi parte del Fondo.

Usted podría reclamar la mitad su aportación al fondo, siempre y cuando pueda demostrar que la mitad de dicho importe la aportó usted.

Pregunta en Familia
En su dia contraté con un familiar un Fondo en un Banco.El documento del contrato lo firmamos las dos parte. Llegado la fecha de vencimiento y liquidado el fondo fué abonado en la cuenta del familiar,que teniamos él como titular y yo como autorizado. Quedamos de acuerdo para ir al Banco para retirar el dinero y resultó ser que se adelantó y se llevo todo el dinero,cancelando incluso la cuenta que recibió el abono,es decir canceló todo.Pregunto si le puedo reclamar mi parte del Fondo.

Usted podría reclamar la mitad su aportación al fondo, siempre y cuando pueda demostrar que la mitad de dicho importe la aportó usted.

Pregunta en Familia
Estoy recién jubilado, después de 46 años de cotización, y estoy cobrando la jubilación por la seguridad social, mi pregunta es la siguiente: En caso de fallecimiento de mi persona, mi esposa seguiría cobrando mi jubilación, o tendría que hacer algún tramite de viudedad.

Su esposa no seguiría cobrando su jubilación si usted fallece, pues la jubilación es una pensión que usted tiene reconocida por los años cotizados a la Seguridad Social, sin embargo podría y debería su esposa arreglar la pensión de viudedad cuando usted fallezca.

Pregunta en Familia
Mi esposa quiere separarce, y llevamos 12 años pagando la hipoteca, ella quiere que le de la mitad de lo que hasta ahora he pagado, es así este tema,

Una cosa es la separación o divorcio, y otra la liquidación de la sociedad de gananciales. Si ustedes quieren separarse o divorciarse de mutuo acuerdo, en la misma demanda liquidarán la sociedad de gananciales conforme a lo que ustedes pacten, para lo cual se mirará el activo y el pasivo de la sociedad de gananciales. Si por el contrario, la separación o el divorcio son contenciosos, en el mismo no se liquidará la sociedad de gananciales, pues ésta se liquidará en un procedimiento posterior, en el cual se tienen en cuenta el activo y pasivo de la sociedad de gananciales, no lo que se ha pagado de la hipoteca.


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