Un vecino en planta baja tiene entrada directa desde la calle y se empeña en No querer pagar los gastos de ascensor ni luz de escalera, No existe documento alguno que le exonere de estos gastos, a pesar de No usarlo. El Presidente le asigna los gastos en relación a su cuota ¿está bien aplicada? gracias y saludos
La asignación hecha por el Presidente es correcta ya que los gastos de comunidad se establecen en relación a la cuota, salvo que expresamente alguna finca esté eximida. Todos los propietarios están obligados a soportar los gastos comunes del edificio, utilicen o no los elementos comunes del mismo
Un vecino en planta baja tiene entrada directa desde la calle y se empeña en No querer pagar los gastos de ascensor ni luz de escalera, No existe documento alguno que le exonere de estos gastos, a pesar de No usarlo. El Presidente le asigna los gastos en relación a su cuota ¿está bien aplicada? gracias y saludos