Sáquele provecho a sus inmuebles con problemas legales

Sáquele provecho a sus inmuebles con problemas legales

LEGALIZACIÓN DE FINCAS

En la actualidad existen numerosas propiedades que se encuentra en situación irregular, hecho que impide, a los propietarios de las mismas, su inscripción en el Registro de la Propiedad. La imposibilidad de inscripción en dicho Registro provoca que el titular del bien no pueda enajenarlo, arrendarlo, hipotecarlo… dentro del tráfico jurídico, llevando a cabo tales actos de disposición a través de contratos privados, con el perjuicio que ello conlleva, ya que en estos casos los contratos solo tienen efectos frente a las partes que lo suscriben, pero en ningún caso frente a terceros.

El Registro de la Propiedadtiene como objetivo la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás  derechos reales sobre bienes inmuebles, permitiendo así la publicidad oficial de las situaciones jurídicas relativas a los mismos. Es cierto que, el acceso de los hechos inscribibles al Registro de la Propiedad es voluntario, salvo en el caso de la hipoteca, sin embargo con la inscripción se obtiene  un plus de garantías, debido a  que con la mera inscripción se producen unos efectos, como son la legitimación registral, la inoponibilidad, la Fe pública registral,  la presunción de veracidad, la salvaguarda judicial, protección judicial de los derechos inscritos, los cuales otorgan de una mayor seguridad jurídica al titular en el disfrute de su derecho, así como en  las facultades que dimanan del mismo.

En este sendito nuestro despacho ofrece un servicio especializado para dar solución a muchos de estos supuestos, llevando acabo los trámites necesarios tendentes a regularizar la situación del bien y permitir su normalización en el Registro de la Propiedad, esto es, trasladar su derecho a un título, confeccionándolo de tal manera,  que reúna todos los requisitos legales para ser presentado e inscrito en el Registro de la Propiedad y en cualquier otra instancia o administración, pública o privada. Para ello simplemente tiene que consultárnos su caso y atendiendo a sus circunstancias le realizaremos un estudio de viabilidad gratuito.  Se trata de un servicio integral dirigido cubrir las necesidades relacionadas con la legalización de su propiedad, entre las que destacan:

  • ACTUALIZACIONES CATASTRALES: la actualización catastral se hace necesaria cuando la realidad física de las propiedades difiere con la que aparece en la Dirección Gerencia del Catastro, siendo preciso  actualizar documentalmente en el Catastro la realidad de sus propiedades.
  • EXPEDIENTES DE DOMINIO: se trata de un procedimiento por el que se persigue la consecución de diferentes objetivos:
      1. Conseguir la inmatriculación de fincas no inscritas previamente en el Registro dela Propiedad a favor de ninguna persona o entidad.
      2. Reanudación del tracto sucesivo interrumpido, el tracto sucesivo supone que la nueva titularidad que se pretende inscribir encuentra su base o causa en la anterior inscrita, de forma que cada asiento nuevo que se practique tenga su causa y precedente inmediato en el anterior, de este modo, sólo puede inscribirse el derecho solicitado cuando el transmitente es el último titular registral, la interrupción del mismo se entiende cuando el último titular registral no coincida con el que otorga o transmite el nuevo derecho que se pretende inscribir, el Registrador denegará su inscripción por falta de tracto sucesivo, pues éste se convierte en un presupuesto necesario para la inscripción.
      3. Exceso de cabida, este exceso se da  cuando la superficie real de una determinada finca urbana o rústica, ya inscrita en el Registro de Propiedad, es mayor que la que consta en dicha inscripción. Por ello con el expediente de dominio se intenta acomodar la inscripción registral a la medida superficial que realmente tiene la finca en cuestión. Por tanto no se trata de una nueva inscripción o inmatriculación, sino de una rectificación en la medida
  • DECLARATORIO DE HEREDEROS: se trata de una disposición judicial por la cual se declara que una o varias personas son las herederas del causante (fallecido). Esta declaración se hace necesaria para poder cambiar la titularidad registral a favor de alguno de los herederos o a terceros, de aquellos bienes importantes o registrables. En este caso realizaremos las gestiones necesarias para obtener el título(declaratorio de herederos) para posteriormente inscribirlo en el registro.
  • HERENCIAS TESTADAS O INTESTADAS: se trata de dar soluciones aquellos problemas surgidos de las disposiciones contenidas en el testamento del causante (testada)  o bien determinar quiénes y en qué proporción son herederos, en caso de que el fallecido no hubiera otorgado testamento (intestada), procurando en este último caso, la elaboración de los pertinentes declaratorios de herederos abintestato.
  • EDIFICACIONES REALIZADAS SIN LICENCIAS: para conseguir la constancia y regularización de dichas edificaciones es necesario documentar e inscribir en el Registro de la Propiedad las edificaciones que se hayan realizado sin las oportunas licencias municipales de edificación, esto permite acreditar la prescripción administrativa por las posibles irregularidades que de forma involuntaria se hayan podido producir.
  • DOCUMENTO PRIVADOS DE COMPRAVENTA: se trata de transmisiones de bienes muebles realizadas entre particulares, mediante documentos privados de compraventa. El problema es que estos documentos solo tiene valor entre las partes y no posee efectos frente a terceros. Para evitar esa situación de inseguridad jurídica  podemos llevar a cabo todos los trámites necesarios para otorgar el carácter de públicos a tales documentos, y por ende permitir la inscripción registral de la propiedad que se ha adquirido.
  • HIJUELAS ADJUDICADAS EN DOCUMENTOS PARTICULARES:las hijuelas son aquellos documentos donde se reseñan los bienes que tocan en una partición a cada heredero, mediante estas hijuelas privadas se han trasmitido propiedades mediante particiones particulares que se formalizaban entre heredero, pero la hijuelas no pueden acceder al Registro de la Propiedad, por lo que es preciso llevar a cabo todos los actos necesarios para poder inscribir registralmente dichas hijuelas.

 

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