Subastas electrónicas: novedades para pujar

Subastas electrónicas: novedades para pujar

Las subastas judiciales han aumentado exponencialmente a raíz de la crisis, motivo por el cuál en octubre de 2015 se puso en marcha un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y administrativas, dependiente de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. El objetivo fue doble: aumentar la transparencia del procedimiento, y obtener el mayor rendimiento posible de la venta de los bienes para no perjudicar en tanta medida al deudor. Así, cuantas más personas pujen por el bien, más fácil será que se subaste por un valor aceptable. Sin embargo, una de las previsiones de funcionamiento de este órgano ha traído de cabeza, hasta ahora, a los procuradores: la posibilidad de que las pujas se produjeran 24 horas al día, 7 días a la semana.

Como respuesta, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, anunció hace pocos días, durante la ceremonia de inauguración del XIV Congreso Nacional de Procuradores ‘La Procura-Justicia y Tecnología’, que Justicia modificará los plazos de finalización de la subasta electrónica. En concreto, los procedimientos terminarán siempre en días laborables y antes de las 18 horas. La medida, que se aprobará, según el ministro, «en las próximas semanas», levantó el aplauso de los asistentes a las jornadas. Se trata de una reivindicación del sector de los procuradores desde que se introdujera esta posibilidad.

Así, las subastas terminarán a las seis de la tarde, siempre que no se produzca su prórroga por formalizarse las pujas durante la hora previa a la conclusión, ya que la mejor puja ha de permanecer una hora sin ser superada. Además, tal y como se reclamaba, los anuncios de subasta serán publicados de manera que no determinen la conclusión en sábado o domingo.

Se trata de una medida que agradeció el presidente del Consejo General de Procuradores de España, Juan Carlos Estévez, apelando a la «prudencia, paciencia y comprensión» de los procuradores ante los futuros retos que encara la profesión. «Hemos vivido una legislatura de mucha producción normativa que, en general, ha sido positiva», señaló Estévez.

¿En qué consisten las subastas electrónicas?

La nueva medida anunciada por Catalá pone el foco de nuevo en este tipo de procedimiento que, con la crisis, se modernizó con el fin de arrojar un poco de luz en su tramitación. Y es que las subastas de bienes fruto, por ejemplo, de ejecuciones hipotecarias por impago, se anunciaban de forma muy poco visible, normalmente en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos. Ello favorecía que nadie presentara pujas -por desconocimiento- y que muchas veces solo las presentaran los llamados ‘subasteros’, profesionales dedicados a adquirir bienes a precio de ganga fruto de la insolvencia de otros.

Para evitarlo, la Ley 19/2015, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, puso en marcha un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales, apto para bienes muebles e inmuebles. Desde entonces pujar desde casa se convirtió en una posibilidad, cualquier día de la semana y a cualquier hora. Con ello se evitó también la incomodidad de tener que obligar a quien quisiera participar en la subasta a consultar la información en cada juzgado y a acudir de forma más o menos presencial.

Actualmente, al contrario, el portal de subastas electrónicas facilita información casi ilimitada tanto de la subasta como del bien. En este sentido, Murcia fue la pionera en aplicar este sistema.

A día de hoy la subasta judicial permite obtener dinero de bienes hipotecados o embargados para que el deudor pueda pagar su deuda (o parte de ella), de forma que se puede subastar cualquier tipo de bien con valor económico: pisos, casas, terrenos, vehículos, joyas, cuadros, maquinaria… A veces también se subasta un bien para que sus copropietarios se repartan el dinero.

Para poder concurrir a una de estas subastas judiciales, basta con identificarse de forma suficiente (registrarse como usuario del portal de Subastas Judiciales utilizando un certificado electrónico o bien registrarse de modo presencial en las oficinas judiciales, donde se dará un login y contraseña) y declarar que se conocen las condiciones de la subasta, consignando la cantidad fijada para la subasta (normalmente el 5% del valor de tasación de los bienes).

El sistema garantiza con certificado electrónico todas y cada una de las transacciones, en las que un sello determinará el momento exacto en el que tuvieron lugar; el certificado reconocido de firma electrónica, unido al sello de tiempo y a la trazabilidad de todos los procesos, garantiza de forma absoluta la transparencia del procedimiento.

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