¿Se puede incluir a alguien en una lista de morosos si no está de acuerdo con su factura?

¿Se puede incluir a alguien en una lista de morosos si no está de acuerdo con su factura?

Existe la teoría de que, en caso de no estar de acuerdo con el importe de una factura, lo mejor es pagar primero y debatir luego para evitar acabar en una lista de morosos que nos dificulte a posteriori la contratación de otros servicios. Sin embargo, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo acaba de facilitar las cosas a los consumidores gracias a una sentencia que promete poner fin a esa práctica: según el fallo, sólo pueden ser incluidos en los ficheros de solvencia patrimonial aquellos deudores que no puedan o no quieran, de modo no justificado, pagar sus deudas, pero no «aquellos que están discutiendo con el acreedor la existencia y cuantía de ésta”.

Según la sentencia, además, no basta con que los datos personales comunicados al fichero sean «ciertos y exactos» sino que deben ser «determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados». De este modo, si la deuda está siendo objeto de controversia y está sometida a decisión judicial o arbitral, «su falta de pago no es indicativa insolvencia».

La sentencia confirma así que Telefónica Móviles España y dos empresas de registros de morosos tendrán que abonar 7.500 euros de indemnización por intromisión ilegítima en el derecho al honor de un cliente al que incluyeron en un listado de este tipo.

Disconformidad del cliente con la factura emitida

El origen del pleito se encuentra en que el afectado no estaba conforme con las facturas emitidas por la empresa de telefonía, que sumaban más de 500 euros, y presentó una solicitud de arbitraje de consumo. Se quejaba en su reclamación de que Telefónica no le ofrecía la cobertura prometida y que le había cambiado del sistema de contrato al de tarjeta sin que él lo hubiera pedido, según relata la sentencia del Supremo, recogida por Europa Press.

Tras abrir este proceso de arbitraje remitió una carta certificada a la compañía en la que indicaba que no iba a pagar la factura.

A pesar de que el procedimiento estaba abierto, Telefónica comunicó los datos personales del cliente a los ficheros de datos de carácter personal sobre solvencia patrimonial gestionados por Experian Bureau de Crédito y Equifax Ibérica, conocidos como Asnef y Badexcug, atribuyéndole una deuda de 762 euros.

Posteriormente la Junta Arbitral de Consumo redujo finalmente esta cantidad a 613 euros. Pese a ello, «los datos personales del demandante fueron comunicados a diversas entidades crediticias que solicitaron información sobre su solvencia», asegura la resolución.

El resultado es que Telefónica tendrá que pagar una indemnización de 7.500 euros a un usuario de Córdoba por enviar sus datos a ambos registros de morosos cuando la deuda estaba sometida a un arbitraje de consumo y, por tanto, no era definitiva. El tribunal ha revocado la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, que dio la razón a la empresa. Los jueces creen que Telefónica pudo utilizar los registros de morosos como forma de “presión ilegítima” para que el usuario pagara, “sin que existan datos que permitan considerar abusiva o manifiestamente infundada la conducta del afectado”.

Auge de las reclamaciones en Protección de Datos

La realidad es que la inclusión abusiva de consumidores en listados de morosos viene siendo una preocupación creciente para la sociedad, que muchas veces ve cómo incluso tras saldar una deuda con la que no están de acuerdo ven muy complicada su salida de estos listados. Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en 2014 la inclusión en registros de impagados tuvo un peso importante en las consultas de los ciudadanos: de las 97.854 solicitudes realizadas a través de la sección de preguntas frecuentes, 11.841 estuvieron relacionadas con ficheros de solvencia patrimonial y recobro de deudas.

Hilando más fino, durante el año pasado se abrieron 3.500 expedientes a raíz de denuncias relativas al tratamiento de datos en la esfera de la morosidad, frente a los 2.100 de 2013. Eso sí, los expertos recuerdan que este incremento también tiene mucho que ver con la situación de crisis, en la que los impagos se multiplican.

¿Se puede incluir a alguien en una lista de morosos si no está de acuerdo con su factura?
Etiquetado en:                

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies