Nueva sentencia del Supremo autorizando la exigencia de pasaporte Covid en ocio y restauración

Nueva sentencia del Supremo autorizando la exigencia de pasaporte Covid en ocio y restauración

Hoy comentamos una sentencia que acaba de ver la luz y que resulta clave para miles de empresarios del ocio en toda España. Se trata de una decisión del Tribunal Supremo que autoriza la exigencia de pasaporte Covid en el ámbito del País Vasco para la entrada en restaurantes y establecimientos de ocio nocturno y restaurantes, de forma similar a la decisión adoptada en septiembre en relación a la Xunta de Galicia. La importancia de esta decisión para los empresarios canarios radica en que se trata de un precedente más que podría afectar al resto de comunidades autónomas que deseen imponer este tipo de medida, como ya ha ocurrido en el caso del Gobierno canario. Sin embargo, habrá que atender a cada caso concreto. 

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Pasaporte Covid en locales de ocio y restauración: el Supremo da validez a esta medida

En Canarias contamos con precedentes en una línea similar a la del Gobierno vasco o el gallego. Así, el pasado mes de julio, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) suspendió cautelarmente la medida impuesta por el Gobierno de Canarias para exigir el certificado Covid o alguna prueba diagnóstica para acceder a los locales de restauración y hostelería.

Esta medida se centraba en las islas que se encontraban en nivel 4 y requería que el 50 por ciento del aforo en el interior de los establecimientos estuviera cubierto con clientes vacunados con la pauta completa, con una prueba diagnóstica de infección activa realizada en las últimas 72 horas o con una certificación de haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses. La decisión fue recurrida por una asociación de empresarios a los que el TSJC.

En el caso vasco, la Oficina de Prensa del Tribunal Supremo solo explica que «la Sala III del Tribunal Supremo ha acordado autorizar la decisión del Gobierno vasco de exigir el pasaporte Covid para la entrada en restaurantes y establecimientos de ocio nocturno y restaurantes en dicha comunidad autónoma». El Supremo estima así el recurso del Gobierno vasco contra el auto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, del pasado 22 de noviembre, que denegó dicha medida. Eso sí, la sentencia, que aún no se ha hecho pública, incluirá el voto particular del magistrado Antonio Fonseca-Herrero.

El anterior fallo del Tribunal Supremo en este sentido fue el que avaló una de las medidas más controvertidas de la Xunta de Galicia para luchar contra la expansión del Covid el pasado mes de agosto: exigir el pasaporte Covid en restaurantes y discotecas. Los jueces de la sala de lo contencioso-administrativo estimaron el recurso del Gobierno gallego y defendieron que esta medida es «idónea, necesaria y proporcionada».

Así, la Sala afirmó entonces que “el beneficio que proporciona la medida, respecto de la reducción significativa de los contagios, es muy superior al sacrificio que comporta la exigencia de presentar la documentación para el acceso al local. En definitiva, no se atisba ninguna medida que resulte más adecuada para salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, en ese tipo de locales”.

En el caso de las Islas, el Gobierno de Canarias acaba de remitir a ratificación judicial una propuesta por la cual el certificado Covid pueda ser solicitado en todos los espacios de uso público cuyos responsables, voluntariamente, lo requieran tanto a los trabajadores como a los usuarios. 

Hay que tener en cuenta también que, si bien el Supremo ha validado este tipo de medida en el caso de Galicia y País Vasco, el mismo Tribunal tumbó en agosto la Orden de la Consejería de Salud y Familias de Andalucía para «limitar el acceso al interior de los establecimientos de esparcimiento y hostelería con música» a las personas que pudiesen acreditar un certificado Covid digital de la Unión Europea o un test de antígenos o PCR negativos realizados en las últimas 72 horas. En aquel caso se resaltó la necesidad de justificar mejor la medida, algo de lo que pueden tomar nota el resto de autonomías para garantizar la viabilidad de sus medidas restrictivas.

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